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La ley china de derecho internacional privado y las normas similares en Uruguay
Por Ruben Santos Belandro
“Nos encontramos ante una ley dotada de un campo extenso, que cubre la mayor parte de las hipótesis a regular por el Derecho Internacional Privado. La presencia de una ley de factura tan fresca, como la Ley de la República Popular China relativa a la aplicación del Derecho de las relaciones civiles extranjeras funciona como un estímulo para compararla con nuestras normas de derecho internacional prado contenidas en nuestro ordenamiento jurídico, especialmente en la parte final del Código Civil, y con el proyecto de Ley General de Derecho Internacional Privado que está siendo objeto de tratamiento en la Cámara de Representantes del Parlamento de nuestro país y que cuenta con 63 artículos.”
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Términos mencionados en esta doctrina: derecho, internacional, privado, residencia, habitual, hipótesis, aplicación, relaciones, aplicable, solución.